Medio Ambiente

Estudio de impacto ambiental de un parque eólico de 50 MW
Los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) se realizan como documentación ambiental imprescindible en todos aquellos proyectos que por sus características, se incluyen en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón. En este caso el EIA, intenta estimar los impactos ambientales de las actuaciones propuestas para la instalación del Parque, constituidos por 25 aerogeneradores de 2 MW cada uno, en suelo catalogado como rústico.
Para cumplir este objetivo se ha llevado a cabo un inventario ambiental y una valoración de las potenciales afecciones relacionadas con estas actuaciones. Y a partir de estos impactos, se proponen las medidas preventivas y correctoras adecuadas para eliminar estas incidencias en el medio.
Las mayores afecciones de los parques eólicos en nuestro territorio, son las afecciones a la fauna y el impacto paisajístico. Para su valoración el EIA se incluye por un lado el estudio de avifauna (identificación, en campo mediante transectos diurnos y nocturnos, de las especies y zonas de nidificación y campeo, así como los pasos migratorios); y por otro lado, la elaboración de modelos digitales del terreno en 3D, para determinar las cuencas visuales de las infraestructuras del parque (aerogeneradores).

EIA
Estudio de Impacto Ambiental Parque Eólico

Documento Ambiental Estratégico de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Villanúa
Las modificaciones de planes y programas, están sometidos al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica según la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.
En este caso se trató del procedimiento simplificado (también lo hay ordinario, más complejo) al tratarse de una modificación aislada que afectada a la clasificación de una superficie baja en el que se estudiaron los efectos sobre el medio de dicha modificación, teniendo en cuenta el potencial desarrollo futuro de dicho plan.

Memoria ambiental para consultas previas de carácter potestativo para la explotación de una gravera
Esta tipología de trabajos se cumple con el proceso de tramitación que marca la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, con el objeto de ser el informe previo a la realización del Estudio de Impacto Ambiental (EIA). La Memoria Ambiental consiste en localizar y describir las actuaciones a realizar durante la explotación, las afecciones e impactos generados y el plan de restauración de una gravera; y valorar las alternativas que se proponen.
Para cumplir este objetivo se lleva a cabo un inventario ambiental y una valoración de las potenciales afecciones e impactos relacionados con estas actuaciones. Las mayores afecciones de las graveras, se producen durante la fase de explotación, por el aumento de personal, ruido, movimientos de tierra (contaminación atmosférica), e impacto paisajístico. El documento contiene además una cartografía ambiental específica.
Tras entregar la memoria al órgano ambiental de la Administración correspondiente, este organismo redactará una resolución, con los puntos a concretar durante la elaboración del EIA. Para la entrega de este EIA. Para la entrega de este EIA habrá un plazo de 2 años desde la recepción de la resolución.

Prospección de flora y fauna de una nueva conducción de agua para el abastecimiento del núcleo de Cerler
Ante determinadas actuaciones en determinados hábitats en los que se sospecha pueden existir poblaciones de flora y fauna catalogadas, previamente a la ejecución del proyecto deben llevarse a cabo prospecciones de flora y fauna para identificar posibles afecciones sobre éstas y, en caso de que así sea, proponer medidas correctoras, mitigadoras y/o compensatorias.
En este caso se prospectó todo el futuro trazado y superficie afectada por las obras de una futura conducción para el abastecimiento de agua al núcleo de Cerler.

Vegetación en Cerler
Vegetación de prados y linderos en Cerler (T.M. de Benasque)

Plan de gestión y aprovechamiento sostenible de residuos provenientes del sector de la edificación a nivel comarcal
El objeto del estudio es realizar una planificación de los residuos, de forma que estos cumplan con el RD 1481/2001.
El Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, establece la fecha de 16 de julio de 2009 para la clausura de los vertederos que no cumplan con los requisitos, a no ser que se adapten a los requisitos establecidos en dicho decreto.
El presente plan se ha dividido en tres fases:

  1. Localización e identificación de todos los vertederos de residuos procedentes de la construcción y demolición, realizando un informe de su estado actual.
  2. Realizar una propuesta económica de gestión de dichos vertederos, realizando recomendaciones de cuales se tienen que clausurar, a quien se deben repercutir los costes de gestión de los vertederos y con qué costes, así como qué zonas son más adecuadas para instalar nuevos vertederos.
  3. Realización de los proyectos o memorias valoradas de sellado de vertederos, adecuación de los mismos a la legislación vigente, o bien de creación de nuevos ‘’puntos limpios’’.

En este trabajo, se centra en la primera fase del plan, es decir, el inventario y descripción del estado en el que se encontraban los actuales vertederos.

Plan de Vigilancia Ambiental del impacto de una serie de actuaciones sobre unas poblaciones de anfibios
El objeto de este trabajo fue determinar si unas actuaciones ejecutadas en las inmediaciones de una serie de pequeños cauces tenían un impacto negativo sobre las poblaciones de anfibios que habitaban éstos, así como comprobar si las medidas preventivas y correctoras planteadas en el proyecto para su protección eran efectivas.
Previamente con la redacción del Plan de vigilancia ambiental durante la ejecución de las obras determinaron las medidas preventivas y correctoras necesarias para disminuir las afecciones de la obra para el tritón pirenaico y la rana pirenaica, dos especies recogidas en el Catálogo de especies amenazadas de Aragón.
Ya durante la vigilancia ambiental se debía controlar las afecciones potenciales de las actuaciones conforme se iban desarrollando sobre la fauna y estudiar las medidas necesarias para evitarlas o minimizar sus potenciales daños. Tras las visitas se redactaba un informe en cada visita. En estos informes se describen las actuaciones de rescate de la fauna asociada a este medio acuático.